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Martes, 26 de Noviembre de 2024
Nacional   -   Noviembre 20, 2020

Siete claves de la despenalización de la mariguana

el chiltepin

Aunque aún falta que la Cámara de Diputados discuta y apruebe la despenalización del uso lúdico o adulto de la mariguana, este jueves el dictamen avanzó en el Senado.

 

En lo general y en lo particular, la Cámara Alta aprobó anoche despenalizar el consumo personal de la mariguana. Si el dictamen es aprobado por los diputados, las personas podrán cargar con hasta 28 gramos de la yerba y tener de seis a ocho plantas de mariguana en casa, sin terminar en la cárcel. 

 

Estos son algunos puntos clave del documento aprobado en el Senado y que fue enviado a San Lázaro para su discusión.

 

1.- Señala que las personas mayores de 18 años tendrán permitido consumir cannabis psicoactivo. 

 

2.- Se amplía de cinco a 28 gramos la posesión para autoconsumo, es decir, despenalizada y que no amerita sanción; de entre 28 y 200 gramos, se convierte en posesión simple y amerita sanciones administrativas o multas; de 201 gramos a 28 kilos, se le considera posesión para narcomenudeo y de 28 kilos en adelante, se considerará narcotráfico. 

 

3.- También se amplía la cantidad de plantas de cannabis que las personas pueden tener en su casa, para consumo personal: seis para personas que vivan solas y hasta ocho si viven más de dos consumidores en una misma casa.

 

4.- Se elimina la exigencia a los consumidores de tener barreras físicas en las casas que eviten que otras personas no consumidoras aspiren el humo; así como la facultad que se le daba al Ministerio Público para hacer revisiones domiciliarias a consumidores registrados. 

 

5.- Entre los cambios de último momento está la liberación de personas procesadas o sentenciadas por posesión simple. Además, en un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor del decreto, deberán eliminárseles sus antecedentes penales.

 

6.- También se contempla que al entrar en vigor, en un plazo no mayor de seis meses, se deberá desarrollar un programa nacional de prevención y tratamiento de adicciones con énfasis en el no consumo de cannabis psicoactivo y no psicoactivo enfocado a niños y adolescentes.

 

7.- En el documento también se prohíbe el consumo de mariguana en establecimientos comerciales con acceso público, en escuelas públicas y privadas e instalaciones gubernamentales, así como en todos los lugares donde también se prohíba el consumo de tabaco. También se establece que habrá sanciones a quienes consuman en lugares abiertos a donde puedan acceder niños y adolescentes.