
General - Octubre 19, 2012
Resuelve CEE denuncias presentadas

Por considerarlas improcedentes el Consejo Estatal Electoral y de Participación
Ciudadana (CEE), resolvió en sesión extraordinaria tres denuncias presentadas por
ciudadanos por supuestos actos anticipados de precampaña, además cumplió con
la sentencia emitida por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación para sancionar administrativamente a Javier
Neblina Vega.
El cuerpo colegiado acordó el cumplimiento a la sentencia emitida el pasado 20 de
septiembre por el Tribunal Federal dentro del expediente SG-JDC-5262/2012, en
relación al procedimiento administrativo sancionador promovido por Guadalupe
Aguirre Ruiz, en contra de Neblina Vega y el Partido Acción Nacional (PAN), dentro
del expediente CEE/DAV-09/2012, por la comisión de actos violatorios al Código
Electoral para el Estado de Sonora.
La Sala Regional solucionó dicha sentencia debido a que la parte denunciante
presentó ante el CEE para su correspondiente tramitación ante la máxima
autoridad electoral de la Federación, un Juicio para la protección de los Derechos
Político-Electorales del Ciudadano en contra de la omisión del órgano electoral
estatal de resolver la denuncia interpuesta.
Por lo que en cumplimentación a lo ordenado por la Sala Regional en su sentencia
quedó establecido que Neblina Vega realizó actos anticipados de precampaña
electoral y con ello vulneró el acceso a la definición de candidatos en condiciones
de igualdad dentro de los plazos establecidos legalmente y el principio de equidad
que debe prevalecer entre los partidos en toda contienda electoral, por lo que se le
impuso una multa consistente en 600 días de salario mínimo general vigente en la
capital del Estado.
En otras asuntos el CEE resolvió como improcedentes las denuncias presentadas
por ciudadanos contra Francisco Jiménez Rodríguez y “Fundación Amigos de
Panchito A.C.”, además de Adrián Espinoza Espinoza y Manuel Aguilar Juárez, por
supuestos actos anticipados de precampaña electoral.
Además el Pleno del órgano electoral resolvió como improcedente el recurso de
revisión promovido por el C. Adolfo García Morales, comisionado propietario del
Partido Revolucionario Institucional (PRI) ante este Consejo Estatal en contra del
auto de fecha 19 de junio del año 2012 dentro del expediente CEE/DAV-01/2012
mediante el cual se admite el desistimiento y desacumulación del mismo, respecto
de los expedientes de las denuncias interpuestas en contra del PAN, y los CC.
Javier Neblina Vega, Perla Zuzuki Aguilar Lugo, Juan Manuel Armenta Montaño y
José Serrato Castell.
Durante la sesión el Pleno del Consejo Estatal desestimó el recurso de revisión
interpuesto por el Licenciado Mario Aníbal Bravo Peregrina, comisionado suplente
del PAN, en contra del acta de sesión número 09 del Consejo Municipal Electoral
de Villa Hidalgo, Sonora, en donde se insaculó por tercera ocasión a los
funcionarios de casilla de la lista emitida por el Consejo Estatal Electoral y archivar
este último con asunto concluido, por sobrevenir la causal de sobreseimiento
prevista en el artículo 348 fracción I del Código Electoral para el Estado de Sonora.
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