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Viernes, 19 de Abril de 2024
Local   -   Enero 9, 2018

Proponen tipificar disparos al aire como delito

el chiltepin

La aberrante costumbre de celebrar la llegada del Año Nuevo con disparos al aire que algunos practican en nuestro estado -y en todo el país- debe finalizar, ante la peligrosidad de estas balas perdidas que provocan lesiones e incluso la muerte en muchos ciudadanos, por lo que el legislador hermosillense David Palafox Celaya propuso se tipifiquen como delito estas acciones temerarias creando la nueva infracción legal del Disparo Indebido de Arma de Fuego en el Código Penal de Sonora.


Al menos 11 personas  resultaron lesionadas de gravedad durante la pasada festividad en Sonora por esas balas perdidas y lo más grave es que cuatro de ellos eran menores de edad; por eso, el diputado Palafox Celaya, en coordinación con el Secretario de Seguridad Pública, Adolfo García Morales, trabajaron en esta iniciativa de reforma del Código Penal que hoy se presentó ante la mesa directiva de la Comisión Permanente del Congreso del Estado local.


"Hasta el momento ni el Código Penal estatal ni el federal contemplan estos disparos “festivos” al aire como delito, por lo que estas acciones temerarias quedan siempre sin castigar. Así estamos permitiendo que cualquiera pueda accionar de manera peligrosa e injustificadamente instrumentos capaces de producir una fuerza claramente letal, por ser diseñados expresamente para privar de la vida a seres humanos, y solo le tomamos importancia en aquellos casos en los que los proyectiles ocasionen lesiones u homicidio a algún inocente, o hayan provocado daños materiales de consideración, pero son muchos más los casos que se producen cada fin de año que los reportados en las cifras oficiales”, explicó.


Así, se propuso que la creación del delito de Disparo Indebido de Arma de Fuego contemple penas de 3 días a 6 meses de prisión y multas de 20 a 200 Unidades de Medida y Actualización, a quien realice el disparo de un arma de fuego sin tomar las medidas de seguridad indispensables, y que estas penas se agraven hasta 1 año de prisión y de 50 a 250 UMAS  cuando el delito sea cometido en estado de embriaguez o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o cualquier otra substancia que afecte las facultades psicomotrices.


Además, el delito se agravaría si es cometido por un servidor público o representante de las fuerzas de seguridad, puesto que se trata de personas en las que se ha depositado la confianza de la sociedad para que protejan a las familias sonorenses, contemplando hasta una mitad más de la pena correspondiente, y la destitución del cargo e inhabilitación para desempeñarse como servidor público en el Gobierno Estatal y en los Ayuntamientos de la entidad, por el doble del tiempo al de la pena de prisión impuesta.


UN PELIGRO HISTÓRICO


Según estudios de la BBC de Londres, son muchos los casos de muertes por balas perdidas al aire, pues que aunque la velocidad de una bala que cae es más baja que la de una que acaba de ser disparada, es todavía suficientemente rápida como para ser fatal.


Un estudio datado en 1962 señala que una ráfaga de calibre 30 puede alcanzar velocidades terminales de 91 metros por segundo la caída de cada bala. Investigaciones más recientes indican que una velocidad de 61 metros por segundo es suficiente como para penetrar un cráneo.


“Esta Legislatura no debe permanecer indiferente ante este problema que pone en indefensión a la sociedad sonorense ante la incertidumbre que generan las balas perdidas, pues cualquier persona, independientemente de su profesión, rango de edad o nivel social, puede convertirse en víctima de esta acción sin sentido, lo que nos obliga a tipificar como delito el acto de disparar un arma de fuego al aire sin tomar las debidas precauciones”, sentenció Palafox.

 


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